Novedades en el ITP y AJD en Cataluña
Entre otras medidas, se aprueban nuevas bonificaciones que afectan a la modificación de los créditos hipotecarios, así como a la transmisión de la vivienda habitual en favor de entidades financieras.
Entre otras medidas, se aprueban nuevas bonificaciones que afectan a la modificación de los créditos hipotecarios, así como a la transmisión de la vivienda habitual en favor de entidades financieras.
Entre otras medidas, se aprueban nuevas bonificaciones que afectan a la modificación de los créditos hipotecarios, así como a la transmisión de la vivienda habitual en favor de entidades financieras.
Entre otras medidas, se aprueban nuevas bonificaciones que afectan a la modificación de los créditos hipotecarios, así como a la transmisión de la vivienda habitual en favor de entidades financieras.
Bonificaciones aplicables sobre cuota tributaria del impuesto.
Se modifica el régimen de calificación de la vivienda protegida, así como otros preceptos del Reglamento de viviendas protegidas de Andalucía.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 59. Enero 2012 Miguel A. Sánchez Ferrándiz 1. INTRODUCCIÓN Y PLANTEAMIENTO DEL CONFLICTO De manera recurrente se produce el conflicto entre el empresario o profesional, sujeto pasivo del Impuesto sobre el Valor Añadido […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 58. Diciembre 2011 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PRODUCIDAS EN EL ÁMBITO DEL IVA. CONSIDERACIONES GENERALES ACERCA […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 57. Noviembre 2011 Fernando Trigueros de la Fuente Técnico de Hacienda SUMARIO: 1. Introducción 2. Deducción por la adquisición de la vivienda habitual 2.1. Modificación de la deducción desde 1 de enero de 2011 […]
Se aplicará el tipo impositivo del 4% a las entregas de viviendas, garajes y anexos cuyo devengo se produzca entre el 20-8-2011 y el 31-12-2011. El tipo impositivo correspondiente a los pagos anticipados que se realicen dentro del citado período y que se encuentren vinculados a las entregas mencionadas no será objeto de rectificación, aunque dichas entregas de bienes se devenguen con posterioridad al día 31-12-2011
Se aplicará el tipo impositivo del 4% a las entregas de viviendas, garajes y anexos cuyo devengo se produzca entre el 20-8-2011 y el 31-12-2011. El tipo impositivo correspondiente a los pagos anticipados que se realicen dentro del citado período y que se encuentren vinculados a las entregas mencionadas no será objeto de rectificación, aunque dichas entregas de bienes se devenguen con posterioridad al día 31-12-2011
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