Con efectos para la presentación de las declaraciones informativas anuales correspondientes al año 2021, que se presentarán en 2022, se modifican los modelos informativos 187, 189, 198 y 289.
Se incorporan novedades en relación con las sociedades patrimoniales, la corrección de la doble imposición en rentas obtenidas por la transmisión de la participación en entidades, la consideración de microempresa, pequeña y mediana empresa, la pérdida por deterioro de valor de elementos patrimoniales, las operaciones vinculadas, las exenciones, las deducciones y los regímenes especiales.
La Administración tributaria no puede ejecutar la resolución que resuelve una reclamación económico-administrativa que anula una liquidación y ordena la retroacción de actuaciones para que se dicte otra, mientras se tramita un recurso de alzada interpuesto por el contribuyente, estando suspendida la ejecución de la liquidación a instancia del propio contribuyente.
Una Administración Pública que contrata la gestión de un servicio público con una empresa, responde solidariamente por los incumplimientos de la concesionaria respecto del pago de cotizaciones a la Seguridad Social.
Deben abonarse los pluses de idiomas y nocturnidad y los de festivos y domingos a los trabajadores que disfrutan de un permiso retribuido cuando el convenio colectivo vincula estos complementos al puesto de trabajo.
Se establece para las SOCIMI un gravamen especial sobre la parte de los beneficios no distribuidos que proceda de rentas que no hayan tributado al tipo general del IS ni estén en plazo legal de reinversión.
A partir del 3-6-2021 y de forma coordinada, los Estados miembros deben levantar gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a los residentes en Australia, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, China, Hong Kong y Macao.
El despido fraudulento sin causa es improcedente, también el realizado durante la pandemia. Ante este tipo de despidos cabría que el órgano jurisdiccional reconociera una indemnización superior a la tasada, si esta fuera insuficiente, al amparo del OIT Convenio núm 158. Sin embargo, su monto, para evitar la arbitrariedad, solo puede fijarse por aplicación analógica de la LRJS art. 281.2.b o mediante cuantificación en la demanda de los daños que superen el lucro cesante, debidamente acreditados en juicio. Al no haber sido alegados ni probados tales daños solo procede la indemnización tasada, sin imposición de los intereses moratorios, por no ser deuda líquida, vencida y exigible.
Se incorporan al modelo 05 de Solicitud de beneficios fiscales nuevos supuestos de exención, entre los que hay que destacar el establecido para los medios de transporte matriculados a nombre de universidades en el marco de sus actividades de investigación, docencia o estudio.
La nueva regulación pretende acomodarse a las previsiones legales surgidas con posterioridad a la inicial regulación del mencionado registro respecto a los requisitos que han de cumplir los apoderamientos, en sus distintas modalidades, para poder ser inscritos en los registros electrónicos de las diferentes administraciones públicas, así como respecto de la necesaria incorporación al referido registro electrónico de los apoderamientos que se efectúen dentro de su ámbito competencial.