Modelos 182, 192, 193, 198, 345 en el IRPF e IS y modelos 172, 173 y 721 en Bizkaia (RF 03/25 14 de Enero de 2025 al 20 de Enero de 2025)
Se actualizan los diseños físicos y lógicos de ciertos modelos relativos al suministro de información.
Se actualizan los diseños físicos y lógicos de ciertos modelos relativos al suministro de información.
Se sustituye el modelo 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF, IS e IRNR (establecimientos permanentes), y se modifican sus diseños físicos y lógicos.
Se actualizan los diseños de registro del modelo 193.
Para dictar la diligencia de embargo, la Administración debe haber cumplido su obligación de resolver expresamente el recurso de reposición contra la providencia de apremio, debiéndose entender cumplida esa obligación con el intento de notificación o con la puesta a disposición de la resolución.
La Administración puede dictar la providencia de apremio a partir del momento en que haya cumplido la obligación de resolver expresamente el recurso de reposición, debiéndose entender cumplida esa obligación con el intento de notificación o con la puesta a disposición de la resolución.
Se actualizan las conocidas como lista negra y lista gris de jurisdicciones no cooperativas con la Unión Europea.
No es aplicable la doctrina del paréntesis para calcular la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común de un trabajador autónomo que había estado en situación de IPA con anterioridad y durante ese periodo no había cotizado.
Con efectos desde el 12-7-2024, se modifica la organización departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Entre otras modificaciones, el departamento de Hacienda y Administración Pública pasa a denominarse departamento de Hacienda, Interior y Administración Pública, al que se le atribuyen las competencias del anterior departamento, incrementándose en algunas adicionales.
Se modifica el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
La extinción de la relación laboral por finalización de la autorización y no renovación del mismo no es causa de despido procedente, sino improcedente, o causa de extinción objetiva por ineptitud sobrevenida, siendo el empresario quien debe solicitar la autorización.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).