Artículo publicado en Actum Fiscal nº 67. Septiembre 2012 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EXENCIONES ANÁLOGAS A LAS ENTREGAS. III. EXENCIONES DESTINADAS A FACILITAR LA LIBRE CIRCULACIÓN […]
Entre otras medidas, se modifican las consecuencias de la presentación extemporánea de la revocación de la prorrata especial y el contenido de la solicitud de devolución del IGIC, y se establecen nuevas exigencias en materia de facturación y liquidación del impuesto.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 65-66. Julio-Agosto 2012 Francisco Javier Sánchez Gallardo Inspector de Hacienda del Estado (excedente) SUMARIO I. Introducción a. Consideraciones generales b. Antecedentes II. Condiciones para la existencia de un establecimiento permanente a. Requisitos objetivos […]
Artículo publicado en Actum Social nº 65-66. Julio/Agosto 2012 Magdalena Nogueira Guastavino Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, ex Letrada del Tribunal Constitucional Jesús Mercader Uguina Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social […]
Se modifican las competencias atribuidas a las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales para incluir, en el supuesto de declaraciones de importaciones presentadas mediante representante indirecto, a ambos deudores solidarios aunque los mismos estén adscritos a distintas Dependencias Regionales.
Se ha aprobado la Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, que mantiene las novedades del ámbito laboral con incidencia en el ámbito fiscal en los mismos términos que los ya aprobados por el RDL 3/2012.
Mediante acuerdo entre las partes, se han aprobado las inmunidades y prerrogativas entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Reino de España por las actividades que el Banco desarrolle en territorio español.
Mediante acuerdo entre las partes, se han aprobado las inmunidades y prerrogativas entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Reino de España por las actividades que el Banco desarrolle en territorio español.
En una cooperativa de enseñanza, son ingresos cooperativos los derivados de la prestación del servicio docente en favor de los hijos de los socios cooperativistas, los derivados de actividades conexas o extraescolares en favor de esos niños y los procedentes de la realización de actividades extraescolares para los adultos, en la medida en que sean socios cooperativistas. Son ingresos extracooperativos los derivados de actividades extraescolares realizados con padres no socios o con niños cuyos padres no son socios cooperativistas.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 64. Junio 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN El plazo de duración de las actuaciones inspectoras es una de las cuestiones sobre las que se ha […]