Existencia y atribución de beneficios a un establecimiento permanente

Una entidad no residente cuenta con un establecimiento permanente en España si se concluye que desarrolla su actividad a través de un agente con poderes para formalizar contratos no limitados a bienes o mercancías en nombre de la primera entidad, y se atribuyen al segundo los resultados de los productos obtenidos en él, debiendo someterse a imposición en España.

El Impuesto especial sobre hidrocarburos: obligaciones formales, régimen sancionador y mecanismos de gestión aplicables

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 56. Octubre 2011 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura   SUMARIO: I. EL CONTROL DE ACTIVIDADES Y LOCALES EN EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS: 1. Alcance de […]