Aplazamiento o fraccionamiento de deudas por el responsable tributario (RF 24/20 09 de Junio de 2020 al 15 de Junio de 2020)

Se fija como criterio administrativo, que los responsables pueden solicitar el aplazamiento/fraccionamiento de las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos, incluidas aquellas deudas derivadas de retenciones que figuren en el alcance del acuerdo por el que se les declara responsables.

Gipuzkoa: extinción de las deudas tributarias

Se desarrollan reglamentariamente las modificaciones introducidas en la NFGT Gipuzkoa relativas a las siguientes formas de extinción de las deudas tributarias: pago, compensación y cuenta corriente fiscal.

Gipuzkoa: se modifica el Reglamento de Recaudación

Se adapta el Reglamento de Recaudación a las modificaciones introducidas en la NFGT Gipuzkoa.

Navarra: procedimientos tributarios

Se establecen medidas relevantes entre las que destacan las modificaciones en las infracciones simples y graves, así como la reducción de las sanciones por pronto pago; la nueva regulación de los plazos de resolución expresa; y la modificación del procedimiento de revisión de actos en vía administrativa

Modificación del Reglamento General de Recaudación

Con el fin de adaptar su regulación al sistema tributario establecido en la LGT, tras su reforma de 2015, se introducen importantes modificaciones en su articulado.

Modificación de la Ley Foral General Tributaria en Navarra

Entre las modificaciones introducidas en la Ley Foral General Tributaria de Navarra con efectos 1-1-2015 destaca el establecimiento de un procedimiento abreviado de derivación de responsabilidad y de medidas específicas para las solicitudes de concesión de aplazamientos o fraccionamientos.

La Ley de lucha contra el fraude introduce un nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria

Este nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria está destinado a facilitar la acción de cobro contra los administradores de aquellas empresas que carentes de patrimonio, pero con actividad económica regular, realizan una actividad recurrente y sistemática de presentación de autoliquidaciones formalmente pero sin ingreso por determinados conceptos tributarios con ánimo defraudatorio.

El Impuesto especial sobre hidrocarburos: obligaciones formales, régimen sancionador y mecanismos de gestión aplicables

Artículo publicado en Actum Fiscal nº 56. Octubre 2011 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura   SUMARIO: I. EL CONTROL DE ACTIVIDADES Y LOCALES EN EL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE HIDROCARBUROS: 1. Alcance de […]