Estructura del Ministerio de Hacienda
Se completa la organización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Se completa la organización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Artículo publicado en Actum Social nº 59. Enero 2012 Jordi Agustí Julià Magistrado Tribunal Supremo ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. LA PENSIÓN DE JUBILACION A) La Jubilación a edad ordinaria B) Jubilación anticipada C) Jubilación anticipada para Mutualistas D) Jubilación […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 59. Enero 2012 Marcos M. Pascual González Profesor Contratado Doctor, Área de Derecho Financiero y Tributario, Universidad de Oviedo 1. INTRODUCCIÓN En el presente estudio tenemos por objeto analizar las posibles limitaciones que […]
Artículo publicado en Actum Social nº 59. Enero 2012 María Luisa Segoviano Astaburuaga Magistrada del Tribunal Supremo. Sala IV. Vigo, 25 de noviembre de 2011 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN II. PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1. Demanda 2. Admisión de la demanda 3. […]
Las retribuciones de los empleados públicos y de los altos cargos no pueden experimentar incremento alguno durante 2012 respecto de los ingresos que venían percibiendo a 31-12-2011, salvo en supuestos excepcionales derivados de las imprescindibles adecuaciones retributivas para lo que es indispensable el informe favorable del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Además, en este ejercicio los créditos destinados al complemento de productividad deben reducirse en un 10%.
Las pensiones de la Seguridad se incrementan en un 1%, con excepciones, y se fija la paga que han de percibir los pensionistas para el mantenimiento del poder adquisitivo según el IPC de noviembre 2010 a noviembre 2011
Durante el año 2012 se mantendrán los mismos tipos de interés fijados para el 2011.
Durante el año 2012 se mantendrán los mismos tipos de interés fijados para el 2011.
Mantenimiento de los criterios establecidos en la Ley General de Presupuestos Generales del Estado para 2011, si bien el período a considerar ha de ser el de 1 de enero a 31 de diciembre de 2011.
Se suprime la compensación equitativa por copia privada, que será sustituida por un pago a cargo de los Presupuestos Generales del Estado, cuyo procedimiento se desarrollará reglamentariamente.
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