Desde 1-1-2024, se adapta la LIRPF para evitar someter a tributación a los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo de cuantía inferior al nuevo salario mínimo interprofesional para 2024 (15.876 euros anuales). De este modo, se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo de los 6.498 euros hasta los 7.302 euros anuales, decreciendo linealmente en dos tramos a medida en que vayan aumentando los ingresos.
Con efectos a partir del 8-2-2024, a efectos del cálculo de la retención o ingreso a cuenta sobre los rendimientos del trabajo, se modifican los límites excluyentes de la obligación de retener y se establecen nuevas cuantías de reducción por la obtención de este tipo de rendimientos.
Con efectos a partir del 1-4-2023, se aprueba el modelo de declaración del Impuesto para el ejercicio 2022 y se determina el lugar, forma y plazos para su presentación, así como el procedimiento para la obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración.
Partiendo de que la cantidad percibida en concepto de rescate de un plan de pensiones constituye rendimiento del trabajo gravado en el ejercicio de su obtención, la normativa del IRPF no impide que las aportaciones del partícipe no reducidas en su día de la base imponible, pudiendo haber practicado la reducción, puedan deducirse posteriormente en el momento de la obtención del rescate.
Se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital con el fin de garantizar un determinado nivel de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con carácter indefinido, manteniéndose siempre y cuando subsistan las causas que motivaron su concesión.
Desde el 5-7-2018, la reducción en los tipos de retención e ingreso a cuenta y de los pagos fraccionados por obtención de rentas en Ceuta o Melilla a las que resulte aplicable la deducción se eleva al 60%.
Desde el 5-7-2018, la reducción en los tipos de retención e ingreso a cuenta y de los pagos fraccionados por obtención de rentas en Ceuta o Melilla a las que resulte aplicable la deducción se eleva al 60%.
Desde el 5-7-2018, la reducción en los tipos de retención e ingreso a cuenta y de los pagos fraccionados por obtención de rentas en Ceuta o Melilla a las que resulte aplicable la deducción se eleva al 60%.