La vía para impugnar la denegación del reingreso por inexistencia de vacante es el procedimiento ordinario. Si el trabajador demanda por despido improcedente, sin solicitar el reconocimiento del derecho a la ocupación efectiva ni el reingreso en su puesto de trabajo tan pronto como haya una vacante, la modalidad procesal adecuada para resolverla es la de despido. El órgano judicial no puede reconducirlo a un procedimiento ordinario porque éste no se adecuaría a la pretensión ejercitada, que quedaría imprejuzgada.
Cuando la empresa se opone a la reincorporación del excedente voluntario por inexistencia de vacantes -aunque se acredite la existencia de vacantes- pero no se acredita la concurrencia de una voluntad extintiva inequívoca, el trabajador debe reclamar por el procedimiento ordinario, no por despido
La negativa al reingreso de un trabajador tras su excedencia forzosa para el desempeño de cargo público, por haber compatibilizado períodos de excedencia anteriores con un trabajo por cuenta ajena en otra empresa, es constitutiva de despido improcedente.
Si desaparece la causa de la excedencia por cuidado de familiar (en el caso, por fallecimiento del padre) y el trabajador no solicita su reingreso, ésta se transforma en excedencia voluntaria ordinaria, con la correspondiente novación de su régimen jurídico.
Los hijos menores de edad mayores de 3 años no pueden causar derecho a una excedencia por cuidado de familiares, como adicional a la potencialmente ya causada por cuidado de hijos hasta los 3 años, en base a que no pueden valerse por sí mismos. No obstante, si la razón para atender el cuidado de un hijo mayor de 3 años no es meramente su edad sino un accidente, enfermedad o discapacidad, el cuidado de hijo sí podría insertarse en el concepto de excedencia por cuidado de familiares. Por ello, la excedencia por cuidado de familiares no incluye el supuesto de hijo menor de edad mayor a 3 años que necesita ayuda escolar para superar el curso.
Es inaplicable la mejora prevista en convenio de la duración del suprimido permiso por nacimiento de hijo que reconocía el ET, como consecuencia de la equiparación en 16 semanas de la suspensión del contrato de trabajo de ambos progenitores en el momento del nacimiento.
No es preciso que el excedente voluntario cuya solicitud de reingreso es denegada por la empresa impugne esa inicial negativa, porque su petición subsiste para cuando exista vacante.
La suspensión automática del contrato administrativo posibilita la solicitud de ERTE por fuerza mayor derivado del COVID 19 para los trabajadores afectados al servicio, considerándose autorizado el ERTE por silencio administrativo positivo si no se dicta la correspondiente resolución en plazo.
Debido al importante aumento de empresas afectadas por ERTE derivados del COVID-19, se amplían las posibilidades de participación de los trabajadores en las iniciativas de formación.
Establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria, para el primer tramo del ejercicio 2020, de ayudas por la paralización temporal de la flota a los pescadores con un procedimiento de suspensión de los contratos o reducción de jornada como consecuencia del COVID-19