Despido disciplinario del artista

Constituye incumplimiento grave y culpable, con transgresión de la buena fe contractual, el hecho de que el artista, conocedor del pacto de plena dedicación, se ausente de la empresa para ir a trabajar concurriendo con la actividad de la misma. Para que opere la inversión probatoria es necesario que el trabajador aporte indicios razonables de que el acto empresarial lesiona su derecho fundamental o libertad pública. Sólo cubierto este presupuesto, recae sobre la empresa la carga de probar.

Impugnación individual de la medida de descuelgue del convenio

Los trabajadores afectados por el descuelgue del convenio están legitimados para impugnar individualmente la medida por el procedimiento adecuado, y el trabajador afectado por el acuerdo de inaplicación del convenio puede instar la rescisión indemnizada de su contrato de trabajo.

Garantía de indemnidad ante una decisión empresarial de carácter objetivo: neutralización de la prueba indiciaria

Cuando se alega vulneración de la garantía de indemnidad, o de cualquier derecho fundamental, se sigue el esquema de la prueba indiciaria con un especial reparto de la carga de la prueba que no varía cuando la decisión empresarial controvertida tiene carácter objetivo. Probado por el trabajador el indicio de lesión del derecho, la empresa habría de probar la desconexión entre la medida controvertida y dicho indicio, si acredita este extremo es irrelevante la calificación jurídica que la causa laboral alegada para su adopción merezca desde el prisma de la legalidad ordinaria. El TCo deniega el amparo y no considera que se haya vulnerado la garantía de indemnidad por el despido objetivo de una trabajadora que previamente se había opuesto judicialmente a una modificación sustancial de condiciones consistente en una reducción de jornada (de 7 a 2 horas). Valora positivamente que la empresa, por un lado, en conciliación ante el letrado de la administración de justicia, realizara una oferta menos gravosa (reducción a 4 horas) y sólo ante la negativa de la trabajadora a aceptarla procediera a su despido objetivo, 8 días después de la mencionada conciliación, por otro lado, que acreditara la causa económica en que se fundo la extinción. La sentencia tiene un voto particular que sin disentir de la doctrina del TCo discrepa de la solución concreta del caso al entender que no se ha probado la desvinculación de la decisión extintiva del ejercicio de la reclamación judicial previa frente a la modificación sustancial de condiciones.

Seguros de enfermedad satisfechos por la empresa

Con carácter general, las primas o cuotas satisfechas por la empresa a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedades del trabajador, su cónyuge y sus descendientes se consideran rendimientos del trabajo en especie, exentos del IRPF, siempre que tales primas […]

Bonificaciones aplicables por contratación de personas en situación de exclusión social

Ninguna novedad en la regulación de las bonificaciones aplicables a las empresas de inserción cuando contraten a personas en situación de exclusión social, que pasa a regularse ahora en la Ley de Economía Social, derogándose solo la anterior regulación referente […]

Exención del IRPF de las indemnizaciones por despido

En el ámbito de un ERE, una empresa despidió a veinte personas de su plantilla. Pasados 21 meses se plantea contratar a uno de los empleados despedidos, lo que puede afectar a la exención del IRPF prevista para la indemnización […]