Aplicación de la reducción fiscal al exceso indemnizatorio producido en dos o más periodos impositivos

Solo se aplica la reducción del 30% en el exceso indemnizatorio, si el cociente resultante de dividir el período de generación (determinado por los años de servicios en la empresa, contados de fecha a fecha), por el número de períodos impositivos de fraccionamiento, fuera superior a dos.

Exención del IRPF de las indemnizaciones por despido

En el ámbito de un ERE, una empresa despidió a veinte personas de su plantilla. Pasados 21 meses se plantea contratar a uno de los empleados despedidos, lo que puede afectar a la exención del IRPF prevista para la indemnización […]

Están exentas de IRPF las indemnizaciones por finalización de contratos de duración determinada

Las sumas recibidas por el trabajador en caso de finalización de los contratos de duración determinada vienen a constituir una reparación por la pérdida del empleo y, por tanto, tienen carácter indemnizatorio; en consecuencia, están exentas en el IRPF.