La publicación de una la modificación de condiciones de trabajo de carácter colectivo operada unilateralmente por la empresa en su intranet no constituye una notificación válida de la medida a los trabajadores o a sus representantes, por lo que no se inicia el cómputo del plazo de 20 días para el ejercicio de la acción de impugnación de la misma. Además, si no se sigue el procedimiento establecido legalmente, la decisión empresarial ha de ser declarada nula.
Se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital con el fin de garantizar un determinado nivel de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con carácter indefinido, manteniéndose siempre y cuando subsistan las causas que motivaron su concesión.
Ante la dificultad de cumplir con sus obligaciones tributarias o ejercer el derecho de recurso por parte de los contribuyentes, se extienden a los procedimientos autonómicos y locales algunas de las medidas implementadas ya a efectos estatales. Así mismo se amplia el plazo para interponer recursos administrativos.
Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, se adoptan medidas en materia tributaria para suspender o aplazar obligaciones tributarias, con la finalidad de prevenir un impacto negativo sobre los contribuyentes.
Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, en Gipuzkoa se han adoptado algunas medidas relacionadas con la suspensión o prórroga de plazos administrativos.
Como complemento a las medidas adoptadas con la declaración del estado de alarma, se dictan nuevas disposiciones más concretas y específicas en materia de procedimiento tributario, así como otras tendentes a flexibilizar el pago de las deudas tributarias.
Con efectos a partir del 1-8-2019, el procedimiento de autoliquidación se desglosa en dos procedimientos: el de devolución, iniciado mediante autoliquidación o solicitud y el de revisión de autoliquidaciones y liquidaciones provisionales.
En el supuesto de una trabajadora que viene prestando servicios para la Administración pública como trabajadora fija discontinua y cesa en dicha prestación sin que se haya dictado resolución expresa, el plazo de caducidad de la acción de despido comienza a computar a partir de la fecha en la que la trabajadora interpone la reclamación previa administrativa.
El cuadro de equivalencias entre el RDLeg 8/2015 (en adelante LGSS/15) y el RDLeg 1/1994 (en adelante LGSS/94), que entra en vigor el 2-1-2016, con las salvedades indicadas, recoge las normas que se incorporan al nuevo texto refundido, así como […]