Adquisición de las propias participaciones vulnerando los límites legales

La adquisición por la sociedad de sus propias participaciones sociales a título oneroso, por la sola voluntad de desinversión del socio y sin previo acuerdo de reducción del capital, se reputa nula de pleno derecho.

Incompatibilidad e independencia del auditor

Los trabajos de valoración de acciones o participaciones sociales de una sociedad son incompatibles con la realización de la auditoría de las cuentas anuales de esa misma sociedad.

Aprobación de los modelos de declaración del IS de 2011

Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2011 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, destacando la eliminación del modelo impreso.

Aprobación de los modelos de declaración del IS de 2011

Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2011 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, destacando la eliminación del modelo impreso.

Notificación por medios electrónicos

El ámbito subjetivo de aplicación al que va dirigido el sistema de notificación electrónica garantiza el acceso y disponibilidad de medios tecnológicos precisos para la correcta recepción de dichas notificaciones.

Jurisprudencia y doctrina unificada de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (de enero a abril de 2012)

Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]

Tratamiento fiscal de los socios de entidades mercantiles

La AEAT clarifica mediante una nota el tratamiento fiscal que debe otorgarse a los sueldos de socios-profesionales de sociedades mercantiles: si los socios prestan servicios a la sociedad, distintos de los propios de los miembros del órgano de administración, los mismos se calificarán como rendimientos del trabajo, salvo que la contraprestación de tales servicios deba calificarse como rendimiento de actividad económica por existir ordenación por cuenta propia y medios de producción en sede del socio.