Con efectos generales a partir de 11-7-2021 y con el fin de garantizar el sostenimiento del gasto público y luchar contra el fraude fiscal, se reforma la LGT en el marco del procedimiento tributario.
Al no tener la consideración de recurso o reclamación a los efectos previstos por la normativa específica sobre reducción de sanciones, el inicio de un procedimiento especial de revisón (en particular, la declaración de nulidad de pleno derecho) no conlleva la pérdida del derecho a la reducición practicada.
Es inaplicable la mejora prevista en convenio de la duración del suprimido permiso por nacimiento de hijo que reconocía el ET, como consecuencia de la equiparación en 16 semanas de la suspensión del contrato de trabajo de ambos progenitores en el momento del nacimiento.
Se aprueba, para el periodo impositivo 2021, la deducción de las cantidades satisfechas para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
Para establecer el día en que ha de iniciarse el cómputo de los permisos es necesario recurrir, en primer lugar, a la interpretación literal de lo establecido en los acuerdos de carácter colectivo.
Se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.