El accidente ocurrido durante el tiempo de descanso es accidente de trabajo, porque se ha producido con ocasión del trabajo ejecutado por cuenta ajena.
Mejora de las condiciones de trabajo de los trabajadores a bordo de buques pesqueros en lo que respecta a los requisitos mínimos del trabajo a bordo, las garantías asociadas a la contratación de un pescador, las condiciones mínimas del alojamiento y la alimentación, la protección de la seguridad y la salud en el trabajo y la atención médica, lo que atañe por igual tanto a los trabajadores, pescadores en este caso, como a los empresarios, identificados en este contexto como armadores.
Cotización en el 2019 durante la incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, maternidad y paternidad, y subsidio por maternidad en régimen de jornada a tiempo parcial
Se introducen algunas novedades en la regulación de los incentivos a la incorporación de trabajadores a entidades de la economía social, que pasa a regularse ahora en la Ley de Economía Social, derogándose su actual regulación (L 11/2013 art.14.1.a derog […]
No puede considerarse accidente de trabajo todo fallecimiento ocurrido durante el trabajo en misión, sino sólo cuando ocurre en conexión con el trabajo, es decir en el desarrollo de la actividad o durante el desplazamiento.
A efectos del reconocimiento de las prestaciones económicas de muerte y supervivencia, se considera accidente de trabajo el acaecido al trabajador cuando al saltar desde un barco que se encontraba abarloado al buque donde prestaba servicios, y que se encontraba atracado en puerto por las malas condiciones de la mar, esperando a que amainase el temporal para continuar su ruta, cayó al mar y falleció.
El accidente sufrido en el desplazamiento entre el domicilio familiar y el lugar de trabajo, situado en otro provincia, se considera accidente in itinere al entenderse que el trayecto hacia el trabajo puede tener su origen en su domicilio familiar o en el del lugar de residencia donde permanece entre semana por motivos laborales.
El infarto ocurrido en el vestuario se considera accidente de trabajo debido a que cuando tiene lugar, aunque no se hallaba en su puesto de trabajo, ya había fichado y no sólo estaba poniéndose la ropa de trabajo, sino también los EPIS, oblación ineludible del trabajador.
Artículo publicado en Actum Social nº 67. Septiembre 2012 Paz Menéndez Sebastián Letrada del Tribunal Supremo y Profesora Titular de la Universidad de Oviedo Carmen Murillo García Letrada del Tribunal Supremo y Secretaria judicial María Dolores Redondo Valdeón Letrada del […]
Artículo publicado en Actum Social nº 65-66. Julio/Agosto 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICE1.Novedad en materia de encuadramiento-afiliación a.Convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia2.Novedades en […]