Responsabilidad del administrador con cargo caducado (RF 18/23 02 de Mayo de 2023 al 08 de Mayo de 2023)
La caducidad del cargo de administrador no exime a este de seguir desempeñando sus funciones hasta el nombramiento formal y con efectos frente a terceros de quien vaya a sucederle. Y es preceptivo para quien mantiene tal condición convocar junta cuando concurra causa legal de disolución, sin perjuicio y con independencia de la junta que pueda convocarse para renovar el órgano de administración.