Se modifican algunas previsiones relacionadas con la asignación económica por hijo a cargo, la prestación por nacimiento o adopción en familias numerosas, monoparentales o madres y padres con discapacidad o la prestación por parto o adopción múltiple.
Se aprueba la prestación de ingreso mínimo vital con el fin de garantizar un determinado nivel de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas, con carácter indefinido, manteniéndose siempre y cuando subsistan las causas que motivaron su concesión.
Modificación de la regulación de las prestaciones familiares, debido a la integración de la asignación por hijo o menor a cargo en la renta mínima vital, en lo que se refiere a. Así, se suprime la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, ya no se requiere carencia de rentas por encima de los límites que se fijaban anualmente y solo se ha de fijar una cuantía general y solo una específica para mayores de 18 años con grado de discapacidad igual o mayor de 75%.
Se precisa que la exención por la percepción de las prestaciones de maternidad y paternidad se hace extensiva a los contribuyentes que hayan tributado por las mismas en periodos impositivos anteriores no prescritos a 1-1-2019.
Se pierde el derecho a percibir la asignación económica por hijo a cargo con discapacidad cuando este realiza un trabajo con ingresos superiores al 100% del SMI, a partir del día siguiente al último día del trimestre natural en el que se haya producido la percepción de los ingresos.
El cuadro de equivalencias entre el RDLeg 8/2015 (en adelante LGSS/15) y el RDLeg 1/1994 (en adelante LGSS/94), que entra en vigor el 2-1-2016, con las salvedades indicadas, recoge las normas que se incorporan al nuevo texto refundido, así como […]
Se modifica la normativa del IRPF en Navarra, destacando la disminución al 40% de la reducción del rendimiento neto positivo en caso de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda.
La venta de fondos de inversión que supone la percepción puntual de una cantidad, no una renta, suspende el subsidio de desempleo al no superar el límite de percepción de rentas durante 12 meses.
Se introducen modificaciones en el IRPF en este territorio, que afectan principalmente a la gestión del impuesto, así como a ganancias y pérdidas patrimoniales, y diversas reducciones y supuestos de despidos.