Modificación de tipos impositivos
Han sido dictadas instrucciones para unificar los criterios en la aplicación de la normativa del IGIC en los contratos de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuando se produce una variación de los tipos impositivos.
Han sido dictadas instrucciones para unificar los criterios en la aplicación de la normativa del IGIC en los contratos de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuando se produce una variación de los tipos impositivos.
Extensión de la regla de inversión del sujeto pasivo a las entregas de calor y de frío.
El TEAC modifica su interpretación y permite la deducibilidad del fondo de comercio financiero en la adquisición de participaciones de entidades no residentes de forma indirecta.
Con efectos a partir del 1-7-2012, Canarias da nueva regulación a las reducciones aplicables en la base imponible de las adquisiciones mortis causa, mejorando las establecidas por el Estado, a la vez que se crean dos nuevas reducciones propias de esta Comunidad Autónoma.
Con efectos 1-7-2012 se crea el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por los Grandes Establecimientos Comerciales y con efectos 1-1-2013 el Impuesto sobre el Impacto Medioambiental Causado por Determinadas Actividades.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Junio 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el BOICAC núm 87 se han publicado ocho nuevas consultas del ICAC sobre la […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Julio 2012 Carlos Pérez Ramos Notario y Colaborador Asociado de la Universidad de Sevilla I. APROXIMACIÓN A LA FIGURA DEL AUTOCONTRATO 1. Introducción En los últimos tiempos está alcanzando gran relevancia […]
Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Molins García-Atance Magistrado especialista del orden social, destinado en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Doctor en Derecho IX JORNADAS LABORALES Zaragoza 3 y 4 de mayo ÍNDICE […]
En el caso de autorrepercusión del IVA, debe atenderse tanto al IVA devengado como al IVA soportado deducible, con independencia de la inobservancia en el cumplimiento de los requisitos formales, como el de estar en posesión del documento autofactura y del registro contable o anotación en el libro de facturas recibidas de los documentos en los que se autorrepercuten las cuotas soportadas.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2011 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español, destacando la eliminación del modelo impreso.
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