Plazo para la resolución de ERTE por fuerza mayor (RS 14/20 31 de Marzo de 2020 al 06 de Abril de 2020)

Varias CCAA han ampliado a 10 días el plazo máximo para resolver los ERTE por causa de fuerza mayor, como medida extraordinaria para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en lugar de los 5 establecidos con carácter general. Hasta la fecha, han ampliado el plazo de resolución de los ERTE por fuerza mayor las siguientes CCAA han sido Aragón, Asturias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia e Illes Balears.

Planes insulares de ordenación de El Hierro, La Gomera y La Palma. Canarias

Régimen jurídico de la ordenación territorial en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma. Estudio de los planes insulares de ordenación.

Exoneración del pago de cuotas en supuestos de fuerza mayor

La TGSS puede reconocer a determinadas empresas, afectadas por una suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada derivadas de fuerza mayor, la exoneración del pago de hasta el 100% de la aportación empresarial de la cotización por desempleo.

Evaluación ambiental estratégica y autorización ambiental integrada. Aragón

Estudio particularizado de los regímenes de intervención administrativa ambiental.

Costas

Novedades urbanísticas en materia de costas.

Régimen jurídico de las licencias y autorizaciones para el ejercicio de actividades en las Islas Baleares

Procedimientos para la concesión de autorizaciones y licencias para el desarrollo de actividades desempeñadas en el ámbito territorial de las Islas Baleares.

Régimen jurídico de las licencias y autorizaciones para el ejercicio de actividades en las Islas Baleares

Procedimientos para la concesión de autorizaciones y licencias para el desarrollo de actividades desempeñadas en el ámbito territorial de las Islas Baleares.

Modificaciones en la nueva jubilación anticipada cuando el cese en el trabajo no es imputable a la libre voluntad del trabajador

Desde el 17-3-2013 se modifica la nueva modalidad de jubilación anticipada derivada del cese en el trabajo por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador cuya aplicación se había suspendido hasta el 31-3-2013. Los principales cambios afectan a la edad de acceso ahora necesariamente inferior en 4 años a la edad ordinaria de jubilación, se añade la exigencia en despidos objetivos y colectivos (ahora también por causas técnicas, organizativas y de producción) de acreditar la percepción de la indemnización o haber demandado en reclamación de la misma o por despido. También se añaden nuevos coeficientes reductores siempre en función del período de cotización acreditado.