Nueva regulación del silencio administrativo el FOGASA (RS 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)
Con vigencia de 28-5-2020, si el FOGASA no dicta resolución expresa en el plazo de tres meses en los procedimientos de reconocimiento de pago de salarios e indemnizaciones, ha de entenderse que su silencio tiene carácter estimatorio