V Acuerdo Interprofesional sobre solución autónoma (extrajudicial) de conflictos laborales colectivos(ASAC V)

Desde el 1-1-2012 está en vigor el nuevo ASAC V de solución autónoma (extrajudicial) de conflictos laborales colectivos, suscrito por los interlocutores sociales más representativos.

Procedimiento judicial de conflictos colectivos

Tramitación a través del procedimiento de conflictos colectivos de las demandas que afecten a los intereses generales de un grupo genérico de trabajadores o a un colectivo genérico susceptible de determinación individual y que versen sobre suspensiones y reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que afecten a un número de trabajadores igual o superior a los umbrales previstos para el despido colectivo.

Impugnación del despido colectivo

Los despidos colectivos quedan asimilados al resto de despidos a efectos de su impugnación y calificación judicial. Como particularidad se prevé una acción para la que están legitimados los representantes de los trabajadores la cual permite dar una solución homogénea para todos los afectados por el despido.