Vigencia transitoria de determinados artículos del RD 801/2011 sobre regulación de empleo y traslados colectivos

La reforma laboral (RDL 3/2012) no contempla la derogación explícita del RD 801/2011, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de regulación de empleo y de actuación administrativa en materia de traslados colectivos. Deben entenderse derogados todos aquellos aspectos del mismo que se opongan o contradigan lo dispuesto en la nueva redacción del ET art.47 y 51, pero no aquellos que no resulten afectados por la nueva regulación, como son aquellos relativos a la documentación que ha de acompañarse por el empresario a la comunicación de inicio del periodo de consultas o al propio desarrollo de este periodo de consultas, entre otros. Ante las dudas surgidas, y hasta la elaboración de un nuevo reglamento de procedimiento sobre despidos colectivos y suspensión de contratos y reducción de jornada, se aclaran aquellos aspectos del actual que deben entenderse en vigor.

Información sobre la fusión

Desde el 18-3-2012 se permite que la información para socios, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de trabajadores se inserte en la página web de la sociedad. Asimismo se establece una excepción a la comunicación de la modificación importante de la composición del activo o pasivo de las sociedades que intervienen en la fusión.

Exención de las indemnizaciones por despido

Si un trabajador recibe de su empresa una indemnización por despido que declara exenta en el IRPF y, posteriormente, dentro de los tres años siguientes, se plantea realizar trabajos profesionales para la misma, para que dicha indemnización no pierda la exención, deberá probar que se produjo una real efectiva desvinculación con la empresa y que los servicios que ahora presta, por la naturaleza y características de los mismos o de la propia relación de la que derivan, no enervan dicha desvinculación.

Base mínima de cotización de los socios de las CTA con contrato a tiempo parcial

La orden de cotización mantiene, para el año 2012, las bases mínimas de cotización de los socios de CTA en supuestos de contrato a tiempo parcial establecidas para el ejercicio anterior.