Para la aplicación de la modificación de los partes médicos en la situación de IT se han establecido, a partir del 1-12-2015, unos protocolos de temporalidad de los actos médicos de confirmación de la baja en función de la duración estimada del proceso, la cual será fijada a criterio del facultativo, contando con unas tablas de duración óptima basadas en el diagnóstico, la ocupación y la edad del trabajador. Asimismo, se mejoran los mecanismos de comunicación entre las distintas entidades que intervienen en la gestión de la IT, así como las posibilidades de control de la prestación.