Inicio del procedimiento del despido colectivo

Determinación de la forma de iniciar el procedimiento para efectuar un despido colectivo, así como la documentación que debe acompañarse al escrito de iniciación.

Procedimiento para la suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producció

Regulación del procedimiento para la suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Competencias de la ITSS en los ERE del personal laboral de la Administración Militar

En los procedimientos de despido colectivo, suspensión del contrato y reducción de jornada del personal laboral de la Administración Militar es competente la ITSS.

Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos

A partir del 29 de septiembre las competencias de la Comisión Consultiva nacional de Convenios Colectivos se amplían añadiendo a sus funciones consultivas y de observatorio de la negociación colectiva la posibilidad de intervenir de modo decisorio en la solución de discrepancias relativas al descuelgue de determinadas condiciones de trabajo previstas en convenio en caso de inaplicabilidad o ineficacia de los procedimientos previstos en la propia negociación colectiva.

Supresión del derecho a la aplicación de bonificaciones

Queda suprimido el derecho de las empresas a la aplicación de bonificaciones por contratación, mantenimiento del empleo o fomento del autoempleo, en las cuotas a la Seguridad Social y, en su caso, cuotas de recaudación conjunta.

Ley de Reforma del Mercado Laboral

Publicación de Ley de la Reforma del Mercado Laboral que incorpora algunas modificaciones al texto aprobado como RDL 3/2012

Modificaciones en el contrato para la formación y el aprendizaje

La Ley introduce algunas modificaciones al texto aprobado por el RDL 3/2012. Así, van a poder acogerse a este contrato los trabajadores que cursen formación profesional del sistema educativo, a los colectivos en situación de exclusión social no les va a ser de aplicación el límite máximo de edad, se fija de posibilidad de dos prórrogas voluntarias cuando el contrato se concierte por una duración inferior a la máxima, se especifican los supuestos en que el trabajador puede volver a ser contratado bajo esta modalidad y se establece la obligación de justificar la impartición de la formación.