Si contablemente se considera que no se ha producido la transmisión de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del elemento, no se produce su transmisión, de modo que sigue formando parte del inmovilizado y se pueden aplicar los incentivos fiscales previstos para este tipo de elementos.
Si contablemente se considera que no se ha producido la transmisión de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del elemento, no se produce su transmisión, de modo que sigue formando parte del inmovilizado y se pueden aplicar los incentivos fiscales previstos para este tipo de elementos.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 67. Septiembre 2012 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EXENCIONES ANÁLOGAS A LAS ENTREGAS. III. EXENCIONES DESTINADAS A FACILITAR LA LIBRE CIRCULACIÓN […]
La gestión de títulos-valores consistente en un servicio remunerado en el que un sujeto pasivo decide, conforme a su propio criterio, sobre la compra y la venta de títulos-valores y ejecuta dichas decisiones comprando y vendiendo los títulos-valores, no está exenta de IVA.
Se adapta la normativa reguladora del IVA en este territorio a la normativa comunitaria, introduciendo novedades en relación con el hecho imponible, localización de determinados servicios e inversión del sujeto pasivo.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 65-66. Julio-Agosto 2012 Francisco Javier Sánchez Gallardo Inspector de Hacienda del Estado (excedente) SUMARIO I. Introducción a. Consideraciones generales b. Antecedentes II. Condiciones para la existencia de un establecimiento permanente a. Requisitos objetivos […]
Si por la normativa contable un elemento del inmovilizado material o inversión inmobiliaria se reclasifica como activo financiero, la reversión de la libertad de amortización aplicada sobre dicho elemento debe efectuarse cuando se deteriore o se dé de baja en libros.
Si por la normativa contable un elemento del inmovilizado material o inversión inmobiliaria se reclasifica como activo financiero, la reversión de la libertad de amortización aplicada sobre dicho elemento debe efectuarse cuando se deteriore o se dé de baja en libros.
La Dirección General de Tributos de Canarias estable, como criterio vinculante, la regulación jurídica aplicable a las exenciones en operaciones interiores en el IGIC desde la fecha de entra en vigor de la L Canarias 4/2012.