Base reguladora de la pensión de jubilación completa: cotizaciones computables del jubilado parcial incremementadas al 100%
Cuando el jubilado parcial decide jubilarse de forma completa, cumplida la edad ordinaria o de forma anticipada, el cálculo de la base reguladora de la nueva pensión se calcula teniendo en cuenta las correspondientes al período de trabajo a tiempo parcial -en que se redujo su jornada y salario- incrementadas hasta el 100% de la cuantía que hubiera correspondido de haber realizado en la empresa, en dicho período, el mismo porcentaje de jornada antes de pasar a la situación de jubilación parcial y siempre que la misma se hubiera simultáneado con un contrato de relevo. De manera que salvo fraude alegado y probado en los incrementos retributivos, estos se han de tener en cuenta. Carece de aval normativo la postura del INSS que, en lugar de incrementar al 100% las cotizaciones mencionadas, opta por computar las cotizaciones del mes anterior a la jubilación parcial con las actualizaciones correspondientes