Jubilación anticipada voluntaria de trabajadores migrantes perceptores de pensiones equivalentes en otro Estado miembro

Para cumplir el requisito de alcanzar la cuantía de la pensión mínima para acceder a la jubilación anticipada voluntaria española, el principio general de asimilación de prestaciones contenido en el Reglamento de base de la UE para la coordinación de la Seguridad Social, obliga a tener en cuenta el importe de las pensiones a que tienen derecho el solicitante en otro Estado miembro, so pena de incurrir en una discriminación indirecta que afectaría fundamentalmente a los trabajadores migrantes que ejercieron su derecho a la libre circulación.

Base reguladora de pensión de IPT en caso de pluriactividad

La posibilidad de que las cotizaciones efectuadas en un régimen no den derecho a pensión puedan acumularse a las efectuadas en el otro régimen a los efectos exclusivos del cómputo de la base reguladora, está condicionada a que no se cause derecho a pensión en aquel régimen, pero no se circunscribe al momento de solicitar la pensión.

Indemnización de daños y perjuicios empresarial por demorarse en la admisión del derecho convencional a la jubilación parcial

Cuando el convenio colectivo impone a la empresa la obligación de facilitar mediante las novaciones y contrataciones oportunas la jubilación parcial solicitada con la anticipación suficiente, sin alegar justificación razonable, el trabajador tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios por la demora. Ante la falta de oposición de la empresa, se considera adecuada, en ningún caso ni arbitraria, ni desproporcionada, la indemnización reclamada cuantificando como horas extraordinarias, las horas trabajadas en exceso durante esos 70 días de retraso.

Jubilación anticipada voluntaria y requisito de superar el monto de la pensión que le correspondería al cumplir 65 añois

Concurre el derecho a la jubilación anticipada voluntaria al cumplirse el requisito de superar la cuantía mínima de pensión de jubilación que correspondería al solicitante al cumplir los 65 años. El debate no es si el solicitante tendría derecho o no a un complemento por mínimos, sino si tiene o no cónyuge a cargo para determinar el monto de la pensión que se ha de superar. En el caso concreto se cumplía tal requisito: tanto si se consideraban los ingresos que percibía el demandante antes de acceder a la pensión de jubilación sumados a los de su cónyuge, como si se computaban los que tiene derecho a percibir en concepto de la pensión reconocida, más los del citado cónyuge.

El jubilado parcial tiene derecho a una indemnización de daños y perjuicios si la empresa celebró un contrato de relevo inválido

La empresa ha de asumir la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados a un empleado que accedió a una jubilación parcial que fue denegada meses después por el INSS al detectar defectos en la contratación del relevista que no era desempleada (estaba de alta en el régimen especial de empleados de hogar) y tampoco tenía un contrato temporal con la empresa.

Ejemplo de jubilación plena del jubilado parcial de la industria manufacturera conforme al Criterio del INSS 9/2019

El INSS en su Criterio de Gestión 9/2019 considera que la jubilación plena del jubilado parcial en la industria manufacturera se ha de realizar conforme a la legislación vigente, sin que proceda aplicar la norma vigente a 31-12-2012. Por este motivo ofrecemos un nuevo ejemplo de cálculo de jubilación plena de este tipo de jubilados parcialmente siguiendo dicho Criterio.

Jubilación contributiva y creación artística percibiendo derechos de propiedad intelectual

A partir del 1-1-2019 entra en vigor un régimen de compatibilidad entre la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística por la que se perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual, incluidos los generados por su transmisión a terceros, con independencia de que por la misma actividad reciban otras remuneraciones conexas. Esta modalidad de jubilación

Jubilación contributiva y creación artística percibiendo derechos de propiedad intelectual

A partir del 1-1-2019 entra en vigor un régimen de compatibilidad entre la pensión contributiva de jubilación y la actividad de creación artística por la que se perciban ingresos derivados de derechos de propiedad intelectual, incluidos los generados por su transmisión a terceros, con independencia de que por la misma actividad reciban otras remuneraciones conexas. Esta modalidad de jubilación