Modificaciones introducidas en la regulación de los patrimonios públicos de suelo relativas a las reservas de terrenos, destino de los bienes y actuaciones de suelo de promoción industrial o terciaria sujetas al régimen de las áreas residenciales prioritarias.
Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 José Fernando Lousada Arochena Magistrado especialista del Orden Social. Tribunal Superior de Justicia de Galicia XVII JORNADAS DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL (Tarragona 8 y 9 de […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 63. Mayo 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 Y LA LIMITACIÓN DE LOS GASTOS FINANCIEROS Hace unos meses concluía el comentario sobre la […]
Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICE CAPÍTULO V. REFORMA DE LOS REGÍMENES ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1. Las modificaciones del Régimen Especial de […]
Se modifican en Cataluña la deducción por inversión en vivienda habitual y por adquisición por un ángel inversor de acciones y participaciones sociales de entidades nuevas o de creación reciente.
Con efectos 18-3-2012 se modifica la regulación mercantil de las fusiones y escisiones, simplificando su documentación y procedimiento, destacando la posibilidad de sustituir el balance de fusión por el informe financiero semestral exigido a las sociedades anónimas cotizadas, y la posibilidad de nombrar auditor en lugar de emprender acciones judiciales cuando los accionistas minoritarios en las absorciones de sociedades participadas al 90% no estén conformes con la valoración de las acciones o participaciones.
Los representantes de los trabajadores tienen los mismos derechos que los socios, los obligacionistas y los titulares de derechos especiales a ser informados y conocer los documentos relativos a la fusión de sociedades de capital, bien a través de la página web de las entidades que se fusionan, bien mediante su examen en el domicilio social en caso de que no dispusieran de página web. Este derecho no puede ser restringido porque la fusión resultase aprobada en junta universal.
Se incluye la posible utilización de la página web de la sociedad como forma de publicar el anuncio que exige el precepto para evitar la celebración de la junta de la sociedad absorbente, y se aclara el contenido de dicho anuncio.
Se desarrolla el régimen jurídico de la web corporativa, regulando su creación, modificación, traslado y supresión, al mismo tiempo que se disciplinan cuestiones tales como la carga de la prueba de la información publicada o las consecuencias de la interrupción temporal de su acceso.