Disolución de entidad participada no residente con pérdidas (RF 09/24 27 de Febrero de 2024 al 04 de Marzo de 2024)

Si según la normativa extranjera, cuando existe un único socio se produce la transmisión automática de pleno derecho del patrimonio de la entidad a dicho socio sin liquidación, no es de aplicación la excepción a la no deducibilidad de las pérdidas en caso de transmisión de participaciones cualificadas.

Disolución de entidad participada no residente cuya participación está íntegramente deteriorada (RF 44/23 31 de Octubre de 2023 al 06 de Noviembre de 2023)

La renta negativa que se ponga de manifiesto, determinada de conformidad con lo dispuesto en la normativa del IS, es deducible en el ejercicio en que tenga lugar su extinción, con arreglo a la legislación mercantil extranjera.