Artículo publicado en Actum Fiscal nº 63. Mayo 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 Y LA LIMITACIÓN DE LOS GASTOS FINANCIEROS Hace unos meses concluía el comentario sobre la […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 62. Abril 2012 José Antonio López-Santacruz Montes Ingeniero Industrial e Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN Seguidamente se comentan los efectos fiscales que se derivan en el Impuesto sobre Sociedades (en adelante IS) […]
Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Joaquín Mur Torres Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social ÍNDICE CAPÍTULO V. REFORMA DE LOS REGÍMENES ESPECIALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1. Las modificaciones del Régimen Especial de […]
Se incrementa con carácter general el plazo para la aplicación de estas deducciones, mientras que se reduce para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 el coeficiente límite para su aplicación, incluyéndose en el mismo a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Se incrementa con carácter general el plazo para la aplicación de estas deducciones, mientras que se reduce para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 el coeficiente límite para su aplicación, incluyéndose en el mismo a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Se incrementa con carácter general el plazo para la aplicación de estas deducciones, mientras que se establecen limitaciones a su aplicación para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013.
Se incrementa con carácter general el plazo para la aplicación de estas deducciones, mientras que se reduce para los períodos impositivos iniciados en 2012 y 2013 el coeficiente límite para su aplicación, incluyéndose en el mismo a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 61. Marzo 2012 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. UNA REFLEXIÓN PRELIMINAR: ¿CONSTITUYE LA COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS UN CRÉDITO FISCAL? II. LA CONSIDERACIÓN […]
La reversión de la provisión por desmantelamiento o retiro asociada a un activo no forma parte de la base de la deducción al no ser un beneficio derivado de la transmisión, incluso si el gasto de la provisión se ha registrado como amortización.
La reversión de la provisión por desmantelamiento o retiro asociada a un activo no forma parte de la base de la deducción al no ser un beneficio derivado de la transmisión, incluso si el gasto de la provisión se ha registrado como amortización.