Se mantiene hasta el 31-10-2019 la aplicación del tipo del 0% del IVA a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.
Ante la evolución del COVID-19, se establece un tipo impositivo del 0% aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario y se reduce al 4% el tipo aplicable a los libros, periódicos y revistas digitales. Además, se introducen cambios en el cálculo de los pagos fraccionados de la cuota trimestral del régimen simplificado y se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece para la renuncia al régimen especial simplificado y al REAGP.
Como consecuencia de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, se extiende el plazo de presentación de las declaraciones y de las autoliquidaciones del ISD y del ITP y AJD para los contribuyentes no obligados a su presentación telemática.
Se crea una deducción extraordinaria de la cuota efectiva del período impositivo 2019, y otra, por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas. Con el fin de incrementar el empleo en el ejercicio 2020, se eleva el límite de la deducción por creación de empleo, que pasa de 5.000 euros a 7.500 euros. Finalmente, se introduce un mecanismo extraordinario de amortización acelerada para los activos nuevos que se adquieran en el ejercicio 2020.
Las comercializadoras de electricidad y gas natural y las distribuidoras de gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización quedan eximidas de la liquidación de determinados impuestos, correspondientes a las facturas cuyo pago haya sido suspendido en virtud de las medidas adoptadas ante la evolución del COVID-19.
Se establecen medidas conyunturales de reactivación económica en el IRPF entre las que destacan la creación de una deducción temporal por la realización de obras de renovación en la vivienda habitual y la regulación de una deducción sobre las cantidades destinadas a introducir herramientas digitales en procesos de comercialización y ventas.
32 Las medidas tributarias extraordinarias de flexibilización de ciertos tratamientos tributarios en el ITP y AJD derivadas de la emergencia sanitaria COVID-19, son las siguientes:a) Con efectos a partir del 29-4-2020, en coherencia con la extensión de plazos introducidas en […]
21 Las medidas introducidas en el IS como consecuencia del coronavirus son las siguientes:a) Libertad de amortización y amortización acelerada para elementos del inmovilizado en construcción: se amplía en 12 meses adicionales, cuando venza en 2020, el plazo de 12 […]
17 Con efectos a partir del 29-4-2020, se flexibilizan determinados tratamientos tributarios en el IRPF. Entre ellos destacan los siguientes:a)Deducción por adquisición de vivienda habitual. En relación con esta deducción, se establece lo siguiente:1. Materialización de las cantidades depositadas en […]