Abono de la deducción por I+D e IT
Para la aplicación de los límites a grupos mercantiles no se tienen en cuenta las entidades sometidas a normativa foral, dado que dicha normativa no prevé la posibilidad de abono de la deducción.
Para la aplicación de los límites a grupos mercantiles no se tienen en cuenta las entidades sometidas a normativa foral, dado que dicha normativa no prevé la posibilidad de abono de la deducción.
Para la aplicación de los límites a grupos mercantiles no se tienen en cuenta las entidades sometidas a normativa foral, dado que dicha normativa no prevé la posibilidad de abono de la deducción.
Varias entidades mercantiles constituyen una comunidad de bienes para el arrendamiento de inmuebles cuya titularidad corresponde a dichas entidades. Ninguna de dichas entidades cumple, por sí misma, la exigencia de contar una persona contratada, sino sólo de forma indirecta a través de la entidad instrumental creada, por lo que no procede la exención en el IP de las participaciones en las mencionadas entidades mercantiles.
Campo de aplicaciónInscripción de empresas y afiliación de trabajadoresCotización y recaudaciónAcción protectoraProtección social específica de los trabajadores del sector marítimo-pesqueroGestiónLa nueva Ley contiene la protección social integral de los trabajadores de dicho sector, incluyendo no solo la regulación del el […]
Se reforma el ordenamiento jurídico público, aprobando simultáneamente dos nuevas leyes que constituirán los pilares sobre los que se asentará el Derecho administrativo español: la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (L 39/2015), y la Ley de […]
Magistrado Presidente Sala Social Audiencia Nacional ÍNDICE I. ACUERDOS DE EMPRESA A. Acuerdos que ponen fin al procedimiento de conflicto colectivo B. Acuerdos de interés profesional II. EFICACIA DEL CONVENIO COLECTIVO A. Comisión paritaria B. Interpretación del convenio colectivo […]
Las modificaciones introducidas afectan a la nueva deducción en concepto de gastos generales y a la reducción aplicable a determinados rendimientos del trabajo. Asimismo, se establecen los requisitos para la aplicación de la exención a los rendimientos del trabajo en especie derivados de la entrega de acciones o participaciones a los trabajadores en activo, a la vez que se aclara cuándo se entiende que la oferta de entrega de tales acciones se efectúa en las mismas condiciones a todos los trabajadores de la empresa o, en su caso, del grupo o subgrupo de sociedades. Por otro lado, se especifican qué vehículos se consideran eficientes energéticamente a efectos de cuantificar la retribución en especie en caso de cesión de los mismos a los trabajadores para usos particulares.
Aunque con carácter general se mantiene la regulación sobre amortizaciones establecida en el anterior Reglamento, destacan novedades en relación con los bienes usados y los planes especiales de amortización.
La reforma del Código Penal lleva a cabo, con efectos desde el 1-7-2015, una mejora técnica en la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, con la finalidad de delimitar adecuadamente el contenido del debido control, cuyo quebrantamiento permite fundamentar su responsabilidad penal. En todo caso, el alcance de las obligaciones que conlleva ese deber de control se condiciona, de modo general, a las dimensiones de la persona jurídica.
La AEAT ha emitido un informe para clarificar distintos aspectos de la exclusión de entidades del grupo por desequilibrio patrimonial, destacando las facultades de la Administración tributaria y la forma en que debe calcularse.
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