No procede efectuar anotación preventiva de embargo sobre unas fincas propiedad de una sociedad concursada cuando, siendo las providencias de apremio y diligencias de embargo posteriores a la declaración del concurso, no se ha obtenido con carácter previo un pronunciamiento del juez del concurso que declare que los créditos son créditos contra la masa susceptibles de ejecución separada.
Al cierre de cada ejercicio, la entidad acreedora debe realizar un test de deterioro y, en su caso, contabilizar el correspondiente gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias por la diferencia entre el importe recuperable del crédito y su valor contable, y, el interés moratorio debe reconocerse como un derecho de cobro, siempre que sea probable la obtención de beneficios o rendimientos económicos para la empresa en el futuro, y ello pueda valorarse con fiabilidad.
En los concursos culpables en los que se haya abierto la fase de liquidación, el juez puede imponer al administrador el pago total o parcial del déficit concursal, para lo cual, prescindiendo totalmente de su incidencia en la generación o agravación de la insolvencia, tiene en cuenta la gravedad objetiva de su conducta y el grado de participación en los hechos que hayan determinado la calificación del concurso.
El juez del concurso deja de ser competente para el conocimiento de las acciones y procedimientos con trascendencia patrimonial del deudor desde que recae sentencia firme de aprobación del convenio hasta la declaración de cumplimiento del mismo o, en su defecto, hasta la apertura de la liquidación.
Para condenar a los administradores de una sociedad a cubrir el déficit concursal es necesario valorar su conducta, si bien, no hace falta probar que con ella se haya creado o agravado la situación de insolvencia cuando la calificación del concurso como culpable se debe a alguna de la conductas descritas en la Ley como presunción de culpabilidad «irus et de iure».
Se establece un nuevo régimen de gestión de las crisis de entidades financieras, regulando los procesos de actuación temprana, reestructuración y resolución de las entidades de crédito en función de su grado de deterioro, y se modifica el régimen jurídico del FROB.
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Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Molins García-Atance Magistrado especialista del orden social, destinado en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Doctor en Derecho IX JORNADAS LABORALES Zaragoza 3 y 4 de mayo ÍNDICE […]