La presente consulta plantea la adquisición por parte de una empresa de un negocio en funcionamiento con determinados activos y pasivos vinculados a los mismos, centrándose en la posibilidad de que surjan nuevos pasivos con posterioridad a la fecha de adquisición y, en concreto, cuando aparezcan como consecuencia de la reestructuración del personal afecto al negocio adquirido.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Junio 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el BOICAC núm 87 se han publicado ocho nuevas consultas del ICAC sobre la […]
Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Miguel Torres Andrés Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid XVII JORNADAS DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE SEGURIDAD SOCIAL (Tarragona, 8 […]
El valor de los derechos cedidos entre particulares sobre una parcela en construcción en 2004 viene determinado por el valor de la misma recogido en la escritura de compraventa.
El derecho a la deducción practicada por cuenta vivienda se pierde si finalmente no se produce la adquisición jurídica de la vivienda en el plazo de cuatro años desde el inicio de la inversión en su construcción, entendiendo que tal inicio de la inversión procede computarlo a partir de la fecha en la que el contribuyente entregue cualquier importe procedente del saldo de la cuenta vivienda abierta por él mismo.
El derecho a la deducción practicada por cuenta vivienda se pierde si finalmente no se produce la adquisición jurídica de la vivienda en el plazo de cuatro años desde el inicio de la inversión en su construcción, entendiendo que tal inicio de la inversión procede computarlo a partir de la fecha en la que el contribuyente entregue cualquier importe procedente del saldo de la cuenta vivienda abierta por él mismo.
Artículo publicado en Actum Social nº 63. Mayo 2012 Ricardo Bodas Martín Magistrado Presidente Sala Social Audiencia Nacional ÍNDICEI.ACUERDOS DE EMPRESA A.Acuerdos sobre distribución irregular de jornada B.Acuerdos sobre movilidad geográfica C.Acuerdos sobre despidos colectivos D.Acuerdos sobre fusiones de empresas E.Acuerdos en procesos de impugnación […]
El contrato fijo de obra, que en materia de duración, prestación de servicios en distintos centros de trabajo de la misma empresa, paralización temporal de la obra y cese mantiene la misma regulación que en el anterior convenio, se adapta a las previsiones de la reforma laboral de 2010 y, en consecuencia, se ordena la inaplicación de las reglas de duración máxima del contrato y de conversión en fijo por encadenamiento de dos o más contratos fijos de obra con la misma empresa o grupo de empresas en el periodo y durante el plazo establecido en el ET.
La regulación convencional del contrato para la formación se adapta a la regulación sobre el mismo dada por la reforma de 2011 sin contener las previsiones de la reciente reforma de 2012.