Convocatoria de junta general
El plazo que debe transcurrir entre la convocatoria de junta general y la celebración de la reunión, es el establecido legalmente frente al que se haya aprobado en los estatutos. N
El plazo que debe transcurrir entre la convocatoria de junta general y la celebración de la reunión, es el establecido legalmente frente al que se haya aprobado en los estatutos. N
Se confirma la calificación del registrador mercantil que deniega la inscripción de determinados acuerdos de junta general de SRL por haber sido convocada únicamente por dos de los tres administradores mancomunados cuyos cargos están vigentes. El poder de representación de […]
Con efectos desde el 2-10-2016, las notificaciones se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. No obstante lo anterior, las Administraciones podrán practicar las notificaciones por medios no […]
Marco general: ámbito de aplicación, fines y principiosPlanificación de la formación profesional para el empleoFinanciación de la formación profesional para el empleoIniciativas de formación profesional para el empleoFormación programada por las empresasOferta formativa para trabajadores ocupadosOferta formativa para trabajadores desempleadosProgramación […]
Magistrado Presidente Sala Social Audiencia Nacional ÍNDICE I. ACUERDOS DE EMPRESA A. Acuerdos que ponen fin al procedimiento de conflicto colectivo B. Acuerdos de interés profesional II. EFICACIA DEL CONVENIO COLECTIVO A. Comisión paritaria B. Interpretación del convenio colectivo […]
El régimen legal de la convocatoria de la junta general tiene carácter imperativo, de forma que los estatutos sociales sólo pueden modificarlo dentro de los límites que la propia Ley establece: anuncio en la página web de la sociedad, o, […]
El contenido mínimo de las páginas web de sociedades anónimas cotizadas y cajas de ahorros con valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores, ya se regulaba en las Circ CNMV 1/2004 y 2/2005, respectivamente. Sin embargo, la […]
Se realiza una profunda reforma del régimen de la propiedad horizontal contenido en el Código Civil de Cataluña.
Es defectuosa la convocatoria de la junta realizada únicamente por dos de los tres administradores mancomunados.
Nueva regulación de los sistemas de gestión de iniciativa pública: cooperación, concurrencia, expropiación y ocupación directa.
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