Junta general: forma de la convocatoria

La previsión estatutaria sobre la forma de convocatoria de la junta general debe ser estrictamente observada. No obstante, la convocatoria es válida cuando, aun siendo realizada de forma distinta a la prevista en los estatutos, queda totalmente acreditado que el socio la ha recibido (p.e., cuando el propio socio acusa recibo de la misma).

Depósito de cuentas: omisión del informe de auditoría

La ausencia total de la puesta a disposición de los socios del informe de auditoría exigido por ley implica una contravención frontal de la LSC art.272.2, sin que tal ausencia quede justificada por el hecho de que el informe no esté elaborado dentro del plazo legal de seis meses desde el cierre del ejercicio para celebrar la junta de aprobación de cuentas.

Sociedad anónima: nombramiento por cooptación

En una SA., en caso de dimisión de uno de los consejeros, la competencia del consejo para cubrir la vacante por el sistema de cooptación se prolonga mientras la junta no decida nombrar al consejero sustituto, pero siempre que se haya dado la oportunidad a la primera junta que se celebre tras la dimisión y a las posteriores de pronunciarse al respecto, para lo cual es necesario que en el orden del día de la convocatoria de la junta figure el asunto en cuestión.

Sistema de compensación. Galicia

Particularidades reglamentarias que desarrollan el sistema de compensación.