Disolución judicial: nombramiento de liquidadores por el juez

En base a circunstancias excepcionales, el juez que acuerda la disolución de una sociedad puede nombrar liquidadores, evitando la conversión automática de administradores en liquidadores que legalmente se produce cuando no hay ninguna previsión estatutaria sobre quiénes de han de ocupar el cargo de liquidador y cuando la junta no ha designado liquidador (LSC art.376).

Autoría de la convocatoria de la junta general

Se confirma la calificación del registrador mercantil que deniega la inscripción de determinados acuerdos de junta general de SRL por haber sido convocada únicamente por dos de los tres administradores mancomunados cuyos cargos están vigentes. El poder de representación de […]

Sistemas de administración

Se confirma el criterio del registrador mercantil que considera no inscribibles las cláusulas estatutarias por las cuales se dispone que, no obstante establecerse como sistema de administración y representación el de administradores mancomunados, cada uno de ellos pueda realizar operaciones […]