Sociedades civiles en el IRPF
Desde el 1-1-2016 se adecúa, en el ámbito de contribuyentes del IRPF, la configuración como tal de las sociedades civiles siempre que las mismas no estén sujetas al IS por tener objeto mercantil.
Desde el 1-1-2016 se adecúa, en el ámbito de contribuyentes del IRPF, la configuración como tal de las sociedades civiles siempre que las mismas no estén sujetas al IS por tener objeto mercantil.
Gipuzkoa se adapta a la normativa estatal y regula expresamente en su Ley de lucha contra el fraude fiscal el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
Áraba se adapta a la normativa estatal y regula expresamente en su Ley de lucha contra el fraude fiscal el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
La LFGT de Navarra sufre importantes modificaciones con la aprobación de esta Ley de medidas contra el fraude fiscal.
La Ley de lucha contra el fraude fiscal regula expresamente el alcance del límite de la responsabilidad del socio en la deuda tributaria de las personas jurídicas o entidades disueltas o liquidadas que limitan la responsabilidad patrimonial de los socios, tanto en la sucesión de la deuda tributaria como de las sanciones, en su caso.
Asimismo, modifica el sistema de sucesión de las entidades con personalidad jurídica, para dar cobertura jurídica en la Ley a la sucesión de entidades jurídico-públicas, en las que también se produce la subrogación mercantil tradicional. Con ese propósito, se incluyen de forma explícita como susceptibles de sucesión tributaria toda clase de sociedades y entidades con personalidad jurídica que tuvieran la condición de sucesoras y beneficiarias.
Artículo publicado en Actum Inmobiliario & Urbanismo nº 20. Julio-Septiembre 2012 Adolfo Alonso de Leonardo-Conde Abogado. Soriano y Zueco Abogados (Logroño) Como anunciábamos en el anterior número, con la finalidad de que el análisis de los temas objeto de […]
Artículo publicado en Actum Inmobiliario & Urbanismo nº 19. Abril-Junio 2012 Adolfo Alonso de Leonardo-Conde Abogado. Soriano y Zueco Abogados (Logroño) 1. INTRODUCCIÓN Es doctrina administrativa y jurisprudencial ya consolidada aquella que sostiene que la disolución de una comunidad […]
La notificación al socio no asistente del acuerdo de aprobación del balance final de liquidación no es requisito para la inscripción de la extinción de la sociedad.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 63. Mayo 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 Y LA LIMITACIÓN DE LOS GASTOS FINANCIEROS Hace unos meses concluía el comentario sobre la […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 18. Enero-Marzo 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el BOICAC núm 86 se han publicado siete nuevas consultas del ICAC sobre […]
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