Guipuzkoa: modelo de declaración informativa de la cesión de uso de viviendas para uso turístico
Se aprueba el modelo 179 de declaración informativa de la cesión de uso de viviendas para uso turístico.
Se aprueba el modelo 179 de declaración informativa de la cesión de uso de viviendas para uso turístico.
Se exige que las personas o entidades que intermedien en el arrendamiento o cesión de viviendas para uso turístico presenten periódicamente una declaración informativa referente a las cesiones en las que intermedien y para cumplir con esa obligación se aprueba el modelo 179 de declaración informativa de la cesión de viviendas para uso turístico.
Tras la exigencia de que se informe sobre la cesión de viviendas de uso turístico, se aprueba el modelo 179 de Declaración informativa de la cesión de viviendas para uso turístico.
Entre las modificaciones de determinadas obligaciones formales, se encuentra la obligación de informar sobre la cesión de viviendas para uso turístico, a través de la presentación periódica de una declaración informativa.
Se añade un supuesto en el que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración tributaria en el desempeño de sus funciones pueden ser cedidos o comunicados a terceros.
Se introduce la información adicional que debe suministrar el consultante en aquellas consultas tributarias y propuestas previas que hayan de ser objeto de intercambio de información con otros Estados o entidades internacionales o supranacionales en cumplimiento de la normativa sobre asistencia mutua.
Con efectos a partir del 1-1-2018, se incorpora la obligación de informar sobre la cesión de viviendas para uso turístico, a través de la presentación periódica de una declaración informativa.
Agilizar las relaciones jurídico-tributarias y la lucha contra el fraude fiscal son algunas de las causas que han motivado la modificación del Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales y del Reglamento que regula las obligaciones de facturación.
Se introduce la información que debe suministrar el consultante en aquellas consultas escritas que versen sobre la existencia de un establecimiento permanente o sobre una transacción transfronteriza.
Se introduce la información que debe suministrar el consultante en aquellas consultas tributarias y propuestas previas de tributación que deban ser objeto de intercambio de información con otros Estados o entidades internacionales o supranacionales.
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