Derechos recibidos en pago de un dividendo
El tratamiento contable del reparto del dividendo difiere si se lleva a cabo mediante entrega en metálico o mediante entrega de acciones liberadas.
El tratamiento contable del reparto del dividendo difiere si se lleva a cabo mediante entrega en metálico o mediante entrega de acciones liberadas.
Los dividendos y transmisiones de participaciones entre una subholding y una holding, y entre la holding y sus socios, van a tener diferente tratamiento en función de la procedencia de las rentas que se repartan o transmitan.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Junio 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el BOICAC núm 87 se han publicado ocho nuevas consultas del ICAC sobre la […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 19. Abril-Julio 2012 Carlos Pérez Ramos Notario y Colaborador Asociado de la Universidad de Sevilla I. APROXIMACIÓN A LA FIGURA DEL AUTOCONTRATO 1. Introducción En los últimos tiempos está alcanzando gran relevancia […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 63. Mayo 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 Y LA LIMITACIÓN DE LOS GASTOS FINANCIEROS Hace unos meses concluía el comentario sobre la […]
Se modifica el ámbito temporal del nuevo gravamen especial previsto para la no integración en la base imponible los dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de determinadas participaciones en entidades no residentes.
Con efectos exclusivos para el año 2012 se establece la posibilidad de no integrar en la base imponible los dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de determinadas participaciones en entidades no residentes, si se someten a un gravamen especial.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 18. Enero-Marzo 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el BOICAC núm 86 se han publicado siete nuevas consultas del ICAC sobre […]
La Dir 2011/96/UE ha refundido la Dir 90/435/CEE relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes, que queda derogada.
En el caso de una fundación que recibe una donación de dinero vinculada a la adquisición de un activo financiero, con la finalidad de que las rentas derivadas de este activo financien las actividades constitutivas del fin fundacional, habrá que distinguir la parte de la operación correspondiente a la donación no reintegrable recibida, y la parte correspondiente a los activos financieros.
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