Estructura orgánica de los departamentos ministeriales
Se modifican las estructuras orgánicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio de Economía y Competitividad.
Se modifican las estructuras orgánicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y del Ministerio de Economía y Competitividad.
Se regula la modificación del planeamiento y el procedimiento para llevarlo a cabo, así como se aprueban normas de derecho transitorio reguladoras de la adaptación del planeamiento vigente.
Se regula la modificación del planeamiento y el procedimiento para llevarlo a cabo, así como se aprueban normas de derecho transitorio reguladoras de la adaptación del planeamiento vigente.
Modificación de tipos de gravamen.
Modificaciones en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para el ejercicio 2012.
Modificación de tipos de gravamen.
Modificaciones en el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para el ejercicio 2012.
En los supuestos de sucesión de una sociedad por otra cada sociedad tienen personalidad jurídica propia, distinta y a su vez independiente, de tal forma que el pago de la cuota del IAE por una sociedad no legitima a su sucesora en el ejercicio de esa misma actividad. Por eso, se debe efectuar el pago de las cuotas del IAE por las actividades que con anterioridad a la operación de reorganización se viene desarrollando, y solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que las entidades anteriores no hayan ejercido dichas actividades.
En los supuestos de sucesión de una sociedad por otra cada sociedad tienen personalidad jurídica propia, distinta y a su vez independiente, de tal forma que el pago de la cuota del IAE por una sociedad no legitima a su sucesora en el ejercicio de esa misma actividad. Por eso, se debe efectuar el pago de las cuotas del IAE por las actividades que con anterioridad a la operación de reorganización se viene desarrollando, y solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que las entidades anteriores no hayan ejercido dichas actividades.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 58. Diciembre 2011 Juan Calvo Vérgez Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Extremadura SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. II. ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PRODUCIDAS EN EL ÁMBITO DEL IVA. CONSIDERACIONES GENERALES ACERCA […]
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