Beneficiarios de la asistencias sanitaria de la Seguridad Social

La asistencia sanitaria se garantiza a quien tenga la condición de asegurado y a sus beneficiarios, o a aquéllas personas que carezcan de recursos, tanto españoles como de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España y los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español.

Nueva regulación del derecho de residencia superior a 3 meses de los ciudadanos comunitarios

Frente a la normativa interna anterior, en que sólo se exigía la condición de ciudadano de la UE o del EEE para poder residir en España por período superior a 3 meses así como la correspondiente inscripción en el Registro Central de Extranjeros, desde el 24-4-2012 se delimitan los supuestos en que el ciudadano comunitario va a tener derecho a residir por período superior a 3 meses, exigiéndose fundamentalmente que sea trabajador en España o que disponga de recursos económicos o de un seguro que cubra todos los riesgos en España. Se delimitan y definen igualmente los supuestos en que los familiares pueden ostentar de forma derivada este derecho a residir en España.

Régimen de cobertura de la asistencia sanitaria respecto de los españoles residente en el exterior

El derecho a la protección de la salud de este colectivo se rige conforme al Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (L 40/2006 y su normativa de desarrollo. Además se regulan los supuestos en los que los españoles de origen residentes y trabajadores por cuenta ajena en terceros Estados (no e)n la UE, en el EEE o Suiza) que se desplacen temporalmente a España tienen derecho a la asistencia sanitaria en España con cargo a fondos públicos a través del Sistema nacional de salud.

Convenio para evitar la doble imposición firmado entre España y Armenia

El día 21-3-2012 ha entrado en vigor el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio firmado entre España y Armenia, y su Protocolo.

Concepto de establecimiento permanente en el caso de obras de construcción, instalación o montaje

A efectos del cómputo de la duración de una obra, la recepción provisional implica la terminación de la obra, sin perjuicio del periodo de garantía posterior y las reparaciones de los desperfectos.

Convenio para evitar la doble imposición firmado entre España y Hong Kong

El día 13-4-2012 ha entrado en vigor el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio firmado entre España y Hong Kong, con cláusula de intercambio de información.

Fusión entre una sociedad dependiente y su dominante inmediata

La sociedad absorbente que participaba previamente de forma directa en la absorbida, ha de reflejar los elementos patrimoniales de esta última por el valor que tuviera atribuido este negocio en las cuentas anuales consolidadas elaboradas por la dominante superior; debiendo entenderse que la referencia a la sociedad adquirente está realizada a la adquirente legal y no a la económica.

Rentas percibidas por personas físicas derivadas de trabajos en el extranjero

Si una renta extranjera pagada a un residente en España tiene la consideración de cánon, puede someterse a imposición tanto en el país de la fuente como en el de residencia del perceptor, pudiendo gravarse solamente en este último cuando se trata de servicios profesionales, siempre y cuando no se cuente con una base fija en el país de la fuente, a la que sea de imputación la renta percibida.

La prueba en el proceso laboral en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo publicado en Actum Social nº 62. Abril 2012 Ricardo Bodas Martín Presidente Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ÍNDICE I. PRINCIPIOS DEL PROCESO DE TRABAJO II. OBJETIVO DE LA PRETENSIÓN III. OPOSICIÓN A LA DEMANDA IV. RÉGIMEN […]