Se modifican distintos aspectos del régimen especial del pequeño empresario o profesional, de los regímenes especiales de los bienes usados y de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, del régimen especial del grupo de entidades, del régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Se regulan las obligaciones censales en relación a la inclusión, renuncia y exclusión de este régimen y su fecha de efectos, rectificación censal, declaración informativa sobre el volumen de operaciones, así como una obligación en relación al libro registro de facturas expedidas.
Con el fin de garantizar la universalidad de la asistencia sanitaria a todas las personas que se encuentren en España, se modifica la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud estableciendo un nuevo modelo por el que se reconoce la titularidad del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria a todas las personas, independientemente de su nacionalidad, que tengan establecida su residencia en el territorio español, incluyendo aquellas que en aplicación de los reglamentos comunitarios o convenios bilaterales tengan acceso a la misma en la forma que estas disposiciones lo indiquen, por lo que se desliga este nuevo modelo del concepto de aseguramiento, derogándose la regulación reglamentaria relativa a las situaciones y reconocimiento de la condición de asegurado y de beneficiario.
Los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 han establecidos las normas relativas a la financiación de las Entidades Locales: municipios, provincias, cabildos y consejos insulares, así como Comunidades Autónomas uniprovinciales.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, además de alguna modificación de carácter técnico en el régimen especial de las IIC, se introducen novedades en los régimenes especiales de las AIE españolas, consolidación fiscal y cooperativas
El 1-3-2018 entra en vigor el convenio complementario de revisión del Convenio bilateral de Seguridad Social con Brasil de 1991. Entre otras cuestiones, se reduce su ámbito objetivo de aplicación y se permite desplazar de nuevo al trabajador que superó el plazo máximo, transcurridos 4 meses desde el fin del desplazamiento anterior.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2018, además de alguna modificación de carácter técnico en el régimen especial de las IIC, se introducen novedades en los régimenes especiales de las AIE españolas, consolidación fiscal y cooperativas
Modificación de la regulación del Sistema RED para extender su aplicación a nuevos colectivos e incluir la comunicación de datos de diversas prestaciones.