Se renueva, para los ejercicios sociales cerrados en el año 2013, el régimen excepcional previsto para las reducciones obligatorias de capital y las disoluciones de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada como consecuencia de pérdidas.
Se renueva, para los ejercicios sociales cerrados en el año 2013, el régimen excepcional previsto para las reducciones obligatorias de capital y las disoluciones de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada como consecuencia de pérdidas.
Si el donante ejerce la facultad de disponer sobre los bienes donados y resuelve la donación, procede la devolución del impuesto en su día liquidado, siempre que no se incurra en conflicto en la aplicación de la norma tributaria. El plazo para solicitar la devolución se cuenta desde que tiene lugar la resolución y no desde la fecha en que se autoliquidó la donación en que se estableció la reserva de disposición, sin perjuicio de que se considere que se ha disfrutado del bien donado a título de usuario, usufructuario o de otra forma, valorándose tales circunstancias a efectos del impuesto y de la posible devolución.
Se han aprobado una serie de modificaciones relavantes en el ámbito de este impuesto, con diferentes fechas de vigencia, así como el régimen de actualización de balances para acomodarlo a la normativa estatal.
Desde el 1-1-2013 se crean dos nuevas deducciones en Cantabria por obras realizadas en viviendas y por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
Desde el 1-1-2013 se crean dos nuevas deducciones en Cantabria por obras realizadas en viviendas y por inversión en adquisición de acciones o participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación.
Se han aprobado los modelos de la Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se ha determinado el lugar, forma, plazos y los procedimientos para su presentación.
Se modifica la deducción por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales como consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación de capital en sociedades mercantiles, eliminando la posibilidad prevista para las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 20. Julio-Septiembre 2012 Carlos Pérez Ramos Notario y Colaborador Asociado de la Universidad de Sevilla I. INTRODUCCIÓN En los últimos años se está reclamando cada vez más por la doctrina, y […]