Trabajadores migrantes y determinación de la ley aplicable: aclaraciones aplicativas

De forma paralela a la modificación de las normas de conflicto de la UE del Reglamento de base que determinan la ley nacional de Seguridad Social aplicable a los trabajadores migrantes en la UE (incluidos desplazados, expatriados etc.) se adecúan los siguientes aspectos del Reglamento de desarrollo: la definición de sede o domicilio empresarial, el concepto de base en aviación civil, la toma en consideración de actividades marginales. Asimismo se impone a la institución del Estado cuya legislación de Seguridad Social se aplica a un trabajador que no realiza su actividad profesional en su territorio la expedición de cierto certificado y obligaciones de información entre instituciones involucradas.

El proceso de conflicto colectivo y el procedimiento de oficio: alcance de la reforma procesal

Artículo publicado en Actum Social nº 64. Junio 2012 Juan Molins García-Atance Magistrado especialista del orden social, destinado en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Doctor en Derecho   IX JORNADAS LABORALES Zaragoza 3 y 4 de mayo ÍNDICE […]