Trabajadores migrantes y determinación de la ley aplicable: aclaraciones aplicativas

De forma paralela a la modificación de las normas de conflicto de la UE del Reglamento de base que determinan la ley nacional de Seguridad Social aplicable a los trabajadores migrantes en la UE (incluidos desplazados, expatriados etc.) se adecúan los siguientes aspectos del Reglamento de desarrollo: la definición de sede o domicilio empresarial, el concepto de base en aviación civil, la toma en consideración de actividades marginales. Asimismo se impone a la institución del Estado cuya legislación de Seguridad Social se aplica a un trabajador que no realiza su actividad profesional en su territorio la expedición de cierto certificado y obligaciones de información entre instituciones involucradas.