Vinculación de fincas a efectos de ITP y AJD

La DGT modifica el criterio mantenido en la Consulta DGT CV 14-12-06 V2514-06, tras el informe emitido por la Dirección General de los Registros y del Notariado en relación con el régimen jurídico de la vinculación de fincas.

Depósito electrónico de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales

A partir del 20-9-2015 entrará en vigor la regulación conjunta del depósito electrónico de estatutos de organizaciones sindicales y empresariales. La posibilidad de continuar utilizando soporte papel se mantiene sólo respecto de aquellas organizaciones que carezcan de medios electrónicos para acceder al registro.

Reglas particulares para la determinación de los costes de producción

El ICAC ha aprobado una resolución, relativa al coste de producción, aplicable al inmovilizado y a las existencias, en la que se incluyen reglas específicas para empresas inmobiliarias, constructoras, vitivinícolas y federaciones deportivas.

Certificación de la eficiencia energética de los edificios. Comunidad Valenciana

Adaptación de la normativa autonómica en materia de certificación de eficiencia energética de edificios al RD 235/2013, por el que se aprueba el procedimiento básico para su concesión.

Sustitución forzosa. Murcia

Regulación de la sustitución forzosa que tiene lugar en caso de incumplimiento de los deberes de edificar, conservar o rehabilitar edificaciones.

Compraventa de vivienda. Murcia

La L Murcia 6/2015, de vivienda de la Región de Murcia, establece especialidades en materia de compraventa de vivienda en relación con la publicidad e información en dicho contrato y en cuanto al régimen de las cantidades anticipadas en la compraventa y sus garantías.

Reforma del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral

Desde el 24-3-2015 está en vigor el nuevo sistema de formación profesional para el empleo, que plantea una reforma integral del anterior sistema. Entre otras, se establecen las siguientes novedades: la aplicación nacional del nuevo sistema, bajo a una acción coordinada, colaborativa y cooperativa entre las Administraciones públicas competentes y los demás agentes que intervienen en el mismo; se introducen elementos de observación y prospección del mercado de trabajo, para detectar los cambios en las demandas de cualificación y competencias del tejido productivo y las necesidades formativas; las administraciones públicas, en sus respectivos ámbitos competenciales, puedan articular un «cheque formación» para trabajadores desempleados con el objeto de proporcionarles la formación que necesitan; se dota de un nuevo enfoque a las iniciativas de formación profesional para el empleo, situando a las propias empresas y a los trabajadores en el centro del sistema y se articulan una serie de previsiones sobre el control de la formación y el régimen sancionador, con el objetivo de evitar el fraude en la gestión de los fondos de formación profesional para el empleo.