Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. Se exponen a continuación las principales modificaciones que afectan a los regímenes especiales del impuesto.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. En relación a los regímenes especiales del impuesto, se señalan a continuación las novedades más destacadas.
Se ha aprobado una nueva ley del impuesto sobre sociedades que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.
La ejecución obra consistente en una instalación contra incendios en un inmueble constituye una mejora sobre la que se deberá practicar la regularización de bienes de inversión prevista en la LIVA.
Se ha aprobado en este territorio el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas en el ámbito del IVA y sus formas de presentación, con efectos para las declaraciones correspondientes al ejercicio 2014.
Se aprueba un nuevo modelo 309 de declaración-liquidación no periódica de IVA que incluye el contenido de la declaración-liquidación modelo 319 Adquisición intracomunitaria de medios de transporte nuevos. Declaración-liquidación no periódica, derogándose el modelo 319 así como la carta de pago 725
La Agencia Tributaria ha publicado una relación de preguntas frecuentes sobre el Acuerdo entre España y EEUU para la aplicación de la Ley de Cumplimiento Tributario de cuentas extranjeras (FATCA) y la declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses (modelo 290).
La transmisión de un terreno queda sujeta y exenta del IVA en la medida en que se destine a zona verde; si con posterioridad al pago, pero antes de la ocupación de la finca, el terreno cambia de calificación de modo que su entrega deba entenderse sujeta y no exenta, la entidad transmitente deberá proceder a la rectificación de la repercusión del impuesto.
La transmisión de un terreno queda sujeta y exenta del IVA en la medida en que se destine a zona verde; si con posterioridad al pago, pero antes de la ocupación de la finca, el terreno cambia de calificación de modo que su entrega deba entenderse sujeta y no exenta, la entidad transmitente deberá proceder a la rectificación de la repercusión del impuesto.