Los Presupuestos Generales del Estado tienen carácter anual, incluyen la totalidad presupuestaria de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consigna el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado, dado que estos son equivalentes a una subvención indirecta, se pueden considerar gasto y por tanto deben estar recogidos en el presupuesto.
Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno puede presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario. Estos proyectos de ley deben ser aprobados por el parlamento. El parlamento también puede presentar una proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos (gasto) o disminución de los ingresos presupuestarios pero esta propuesta requiere la conformidad del Gobierno para su tramitación.
El proyecto de presupuestos generales se aprueba en el Consejo de Ministros. El Gobierno los presenta ante el Congreso de los Diputados al menos tres meses antes de la expiración de del año. El Congreso de los Diputados vota en primer lugar su admisión genérica o las enmiendas a la totalidad, que de prosperar suponen su devolución al gobierno.
Posteriormente pasan al Senado, que hace una segunda lectura, pero cuya capacidad de alterarlos es muy limitada, con una última remisión al Congreso. Posteriormente son sancionados por Su Majestad el Rey y publicados en el Boletín Oficial del Estado con rango de ley ordinaria.
En el caso de que no se aprueben se prevé la prórroga del presupuesto del ejercicio anterior
Se declara la nulidad de los requisitos específicos que se establecían en la LGSS/94 (RDLeg 1/1994) disp.adic.66ª.1 redacc L 22/2013, para acceder al subsidio de desempleo los liberados de prisión que habían cometido delitos relacionados con: organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo; y con la organización o grupo criminal.
La ampliación de la jornada en el sector público a 37 horas y media llevada a cabo en la Ley de Presupuestos de 2012 es constitucional, ya que ha sido dictada por el Estado al amparo de sus competencias normativas, siendo idónea dicha Ley para introducirla.
Se publican las instrucciones necesarias para gestionar la devolución de los 91 días pendientes y los modelos para la solicitud del abono de cantidades y de certificación de importes efectivamente dejados de percibir.
Se declara inconstitucional un precepto de la ley autonómica de esta Comunidad Autónoma que recoge el porcentaje a aplicar en el método de capitalización o imputación de rendimientos en este territorio.
La orden de cotización reproduce las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 respecto de las bases y tipos de cotización en este sistema especial.
La orden de cotización reproduce las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado referentes a las bases y tipos de cotización, supuestos de reducción de bases en caso de venta ambulante o a domicilio, la devolución de cotizaciones en caso de pluriactividad y la cotización de los autónomos en alta de oficio. Se fija, asimismo, el tipo de cotización por IT de los trabajadores con 65 o más años y la fracción de cuota que han de percibir las mutuas por cubrir dicha contingencia.
Aprobación del Real Decreto sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas para el año 2016, que en relación a los complementos para mínimos no incluye ninguna novedad respecto a las previsiones ya contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.