Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. Se exponen a continuación las principales modificaciones que afectan a los regímenes especiales del impuesto.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, se ha aprobado una nueva ley del IS. En relación a los regímenes especiales del impuesto, se señalan a continuación las novedades más destacadas.
Se ha aprobado una nueva Ley del IS, de carácter continuista con la anterior, que mantiene la misma estructura, pero que incluye importantes reformas en materias tales como amortizaciones, tipo de gravamen, deducciones, regímenes especiales, etc.
Se ha aprobado una nueva ley del IS que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.
Para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, desaparece la bonificación especial sobre las rentas derivadas del arrendamiento de viviendas por discapacitados.
Se modifica el régimen especial de servicios prestados por vía electrónica a personas que no tengan la condición de empresario o profesional, ampliando este régimen a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión. Este régimen se complementa con la instauración de uno nuevo, destinado a los empresarios que presten este tipo de servicios y que estén instalados en la UE, pero no el país donde se consume.
Se ha aprobado una nueva ley del IS que, aunque contiene importantes novedades, mantiene la estructura y en líneas generales el contenido de la normativa anterior, partiendo del resultado contable para la determinación de la base imponible.
Se modifica el régimen especial de servicios prestados por vía electrónica a personas que no tengan la condición de empresario o profesional, ampliando este régimen a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión. Este régimen se complementa con la instauración de uno nuevo, destinado a los empresarios que presten este tipo de servicios y que estén instalados en la UE, pero no el país donde se consume.